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  • AUTORIZAN A GUARDIA NACIONAL PARA ESPIAR

    Reporter: Nucleo Radio Mina
    Published: jueves, 23 de mayo de 2019
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    La Guardia Nacional tendrá la facultad de intervenir llamadas telefónicas, audios, videos e imágenes en la persecución de delitos graves como narcotráfico, robo de combustible, pornografía infantil, lavado de dinero y tráfico de armas y de personas indocumentadas, entre otros; además otras siete leyes también abren la puerta a escuchar diálogos de particulares, previa autorización judicial.
    La minuta, que se votará hoy mismo en la Cámara de Diputados, señala que un juez especializado deberá resolver la solicitud de intervención de comunicaciones en un plazo no mayor de 12 horas.
    A partir de ese momento, la autoridad judicial ordenará a las concesionarias del sector de telecomunicaciones que den acceso a la información requerida por la Guardia Nacional, e incluso faciliten la localización georreferenciada en tiempo real de los equipos de celulares bajo investigación por alguno de los delitos.
    De acuerdo con la iniciativa, la Guardia Nacional podrá solicitar las intervenciones de comunicación “cuando se constatare la existencia de indicios suficientes que acrediten que se está conformando la comisión de delitos”, invocando artículos de la Constitución, Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, Ley de Seguridad Nacional y Código Nacional de Procedimientos Penales.
    Cabe resaltar que en los últimos meses se ha recrudecido la incidencia delictiva. De acuerdo con datos revelados esta semana por Semáforo delictivo, la incidencia de homicidios aumentó 6 por ciento en lo que va del año respecto al mismo periodo del anterior con dos mil 301 asesinatos.
    En el caso de la extorsión se reportó un incremento de 37 por ciento en el mismo periodo; mientras que el narcomenudeo tuvo un incremento de 13 por ciento.
    LA RUTA DE INTERVENCIONES
    Las autoridades responsables de efectuar las intervenciones, deberán regirse por los principios de legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, imparcialidad, honradez y respeto a los derechos humanos, según establece la ley.

    La solicitud de autorización deberá contener los preceptos legales que la fundamenten, el objeto y la necesidad por el que se considera procedente, el tipo de comunicaciones, los sujetos y los lugares que serán intervenidos y el periodo en el que se harán intervenciones.
    EXIGEN MÁS CONTROL
    En tanto, especialistas de la UNAM plantearon ante la Cámara de Diputados incluir un mecanismo de control para las atribuciones de la Guardia Nacional, de lo contrario, podría ser el regreso del CISEN.
    Para el maestro en Gobierno y Asuntos Públicos de la UNAM, Fernando Aguilar Avilés, toda la discusión está enmarcada “en el gran peso y el gran poder que este Gobierno le dado a la milicia para el control de la seguridad en el país.
    El presidente del Consejo Ciudadano para la Seguridad Penal, José Antonio Ortega Sánchez, recordó que la intervención de las comunicaciones deberá autorizarse por las empresas telefónicas y eso debe quedar plenamente redactado en el reglamento que emita el Ejecutivo federal a más tardar en 180 días, después de que se publique en el Diario Oficial de la Federación la Ley de la Guardia Nacional.
    “Tiene que darse un control judicial y sanciones muy fuertes por si se abusa, difunden o se comparte la información. En el reglamento se tiene que especificar cuál será la ruta y los convenios para con las empresas telefónicas, porque luego éstas ponen pretextos para la intervención”, argumentó.

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